formación bonificada

¿Qué es la Formación Bonificada?

Desde el 1 de Enero de 2004 que entró en vigor el nuevo sistema de formación bonificada, que se rige por el Real Decreto 395/2007, se permite a las empresas destinar parte del dinero aportado en las cuotas de la seguridad social del año anterior, en la formación de sus empleados en el año en curso.

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¿Qué es la Formación Bonificada?

Este modelo es muy flexible para las empresas y permite formar a sus trabajadores de acuerdo a las necesidades exigidas por su funcionamiento, mediante un procedimiento en el que no tienen que ajustarse a las convocatorias anuales con un catálogo de cursos cerrado.

Cada empresa dispone de una determinada cantidad de crédito de formación para sus trabajadores en función de la cuantía aportada a la seguridad social en concepto de cuota de formación profesional, a excepción de las empresas de 1 a 5 trabajadores que tienen garantizado un crédito mínimo de 420€, al resto de empresas se le adjudica un porcentaje de bonificación sobre dicha cuota, siendo éste mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa, según la siguiente tabla de % de bonificación de la cuota a la Seguridad Social en concepto de FP:

En el caso de las empresas de 1 a 9 trabajadores             —–> 100 %
El caso de las empresas de 10 a 49 trabajadores              —–>  75 %
En el caso de las empresas de 50 a 249 trabajadores       —–> 60 %
En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores  —–> 50 %

Como vemos en la tabla, las empresas de menos de 10 asalariados no tienen que aportar dinero para la realización de la formación. En empresas más grandes si se requiere una aportación privada según los porcentajes mínimos que, sobre el coste total de la formación, se establezcan mediante Orden del Ministerio de Trabajo. Es importante detallar que esta cofinanciación no tiene porque suponer ningún desembolso por parte de la empresa, ya que las horas laborales dedicadas por los empleados a formación tienen la consideración de cofinanciación por parte de la empresa. Para la justificación de esta aportación privada solo se tendrá que presentar un documento en el que se indique que los empleados han recibido determinadas horas de formación en su jornada laboral.

Hay que destacar que el crédito con el que cuenta la empresa para la realización de formación bonificada es anual y este se renueva año tras año según la aportación a la seguridad social del año anterior. Por lo tanto, si la empresa no hace uso de este dinero destinado a la formación de sus empleados antes de finalizar el año natural, se perderá.

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 ¿Quien puede acceder al Sistema de Formación Bonificada?

Todas aquellas empresas que además de tener Crédito Formativo suficiente para utilizarlo en formación, deberán cumplir los siguientes requisitos legales:

  • La empresa debe de estar dada de alta en el Registro Mercantil durante todo el periodo del curso.
  • La empresa debe de estar al corriente con los pagos de Hacienda y de la Seguridad Social.

Por lo tanto si crees que tu empresa necesita cualquier tipo de formación especializada para mejorar su rendimiento, la formación bonificada es la primera opción que debes contemplar.

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