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Sé autosuficiente, crea tu propio Plan de PRL

Todos escuchamos hablar de PRL (Prevención de Riesgos Laborales) y lo importante que es para la empresa. A veces no damos importancia a esas pequeñas cosas que pensamos que no van a ocurrir hasta que ocurren, y es cuando vienen los “madre mía” y el “si lo hubiera sabido, lo habría hecho”.
Pero a todo ello hay que decir “más vale prevenir que curar”, porque más vale tomar acciones preventivas antes de que llegue a ocurrir cualquier accidente.
La PRL consiste en desarrollar una serie de actividades para la empresa con el fin de anticipar cualquier tipo de riesgos o accidentes que pueden suceder en el trabajo y suponga un peligro para el trabajador.

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Según establece la Ley 31/1995, es obligatorio para todas las empresas, que dispongan de un Plan de PRL.
Para aquellas empresas que cumplan con los requisitos, existe la alternativa de que sea el propio empresario o un trabajador del mismo el que realice el plan de riesgos laborales con los conocimientos adecuados, ahorrando así importantes costes.

Los trabajadores autónomos que no tengan bajo su cargo trabajadores no tienen necesidad de un plan de PRL. Sin embargo, los autónomos que estén bajo la normativa sobre Coordinación de Actividades Empresariales, tienen excepción, ya que el trabajador trabaja en la colocación con otras empresas. Para ello sí está obligado de estar documentado de las actividades preventivas.
Para los autónomos que sí tengan bajo su cargo trabajadores, es obligatorio que tengan y establezcan un plan de PRL.

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